Resumen: Delito leve de maltrato de obra, concurriendo la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas y la circunstancia agravante de actuar por motivos ideológicos, dado que el acusado cometió los hechos por el motivo específico de tener ideas de extrema derecha y nazi y porque la víctima las tenía de izquierdas y antifascista. La Audiencia entendió que las lesiones que había sufrido la víctima (rotura de piezas dentales por golpe con un puño americano) fueron ocasionadas por un menor, ya juzgado en el Juzgado de Menores, y que de dicha conducta no participó al acusado en este proceso. Recurre el Ministerio Fiscal ante el TSJ precisamente este pronunciamiento, para que se anule el Juicio ya que se debería de haber condenado por el delito de lesiones con deformidad. El TSJ desestima lo solicitado al entender que no se trata de un supuesto de coautoría por haber colaborado con actos esenciales a la consecución del propósito común, sino que existieron dos momentos distintos y perfectamente diferenciados en los hechos enjuiciados. Doctrina de la imputación recíproca de las distintas contribuciones al resultado como consecuencia de ese común acuerdo, que no es aplicable a este caso.
Resumen: El concepto de grupo laboral de empresas y, especialmente, la determinación de la extensión de la responsabilidad de las empresas del grupo depende de cada una de las situaciones concretas que se deriven de la prueba que en cada caso se haya puesto de manifiesto y valorado, sin que se pueda llevar a cabo una relación numérica de requisitos cerrados para que pueda entenderse que existe esa extensión de responsabilidad.